Como probablemente ya habréis escuchado o visto en prensa, el Tribunal Supremo ha declarado exentas del pago de IRPF a las prestaciones por maternidad/paternidad percibidas de la Seguridad Social, ratificando así la sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).
La solicitud para la devolución de IRPF se habilitó en la página de la Agencia Tributaria para las personas que cobraron prestaciones de maternidad/paternidad en 2014 y 2015. A partir de este mes de enero, también se ha habilitado para solicitar lo correspondiente a 2016 y 2017.
Hay que tener en cuenta, que para las retenciones correspondientes al 2018, no es necesario realizar ninguna solicitud de devolución de IRPF, ya que se incluirá la exención automáticamente en la declaración de la Renta 2019
Os explicamos brevemente cómo se realiza la solicitud de devolución del IRPF maternidad/paternidad.
Hay que entrar en la página de la Agencia Tributaria. Dentro de esta página hay un cuadro que pone «prestación maternidad y paternidad”.
Se entra en ese cuadro y aparece otra página donde vemos un cuadro que pone tramitación: solicitud telemática, otros trámites.
Hay que meterse en solicitud telemática y aparece un cuadro con opciones.
La más cómoda es con clave pin, le damos y entramos en otra página donde nos solicita DNI
y nos pregunta que como queremos recibir el pin. La opción sencilla es pedir que envíe el pin mediante mensaje SMS.
Cuando nos envían el pin al móvil, simplemente se introduce en la página anterior donde tenemos el DNI y el código y nos pasa a la siguiente pantalla donde ya solo tenemos que poner el o los años (es marcar casilla a la izquierda) y meter datos de cuenta para que hagan la devolución.
Esperamos que os sirva de ayuda