WORLDLINE, AL FIN, CON MÁS CORAZÓN

Como imaginamos, todas y todos os habréis fijado que recientemente nos han instalado en recepción un desfibrilador. Decimos “al fin” porque llevábamos casi 4 años solicitándoselo a la empresa desde que, al poco de constituirse el Comité de Empresa, nos enteramos que en Albarracín 25 tenían uno instalado. Entonces le preguntamos a la empresa que por qué nosotros no y nos dijeron que la ley en la Comunidad de Madrid no les obligaba como si lo hacía en Cataluña, que el que estaba en el 25 lo había pagado Atos Spain (unos 4000 euros, que incluye mantenimiento y formación para 15 personas) y, por último, nos informan que, debido a las restricciones de gastos, Worldline no se lo podía permitir.

Ante esa tesitura, las y los delegados de prevención le plantean a la empresa que se lo reclamen a los Hermanos Revilla. Durante un buen tiempo, en cada pleno del Comité de Seguridad y Salud Laboral, preguntábamos a la empresa si habían contactado con los dueños del edificio y nos decían que no y que, además, veían muy complicado que la propiedad se hiciera cargo de ese gasto pues no les obliga la ley.

Posteriormente, cuando la propiedad al fin se reúne con el responsable de mantenimiento del Grupo Atos les exige un informe exhaustivo que justifique muy muy bien la instalación de un desfibrilador. De la elaboración de dicho informe se encargaron las y los delegados de prevención y también de una recogida de firmas por las distintas empresas del edificio solicitándoles su adhesión a dicho informe. Una vez terminada la recogida de firmas se hizo  entrega del informe, junto con las firmas, a la propiedad del edificio y, aún a día de hoy, seguimos sin tener noticias de que piensa hacer la propiedad respecto a este tema.

Por suerte, ya no vamos a tener que seguir esperando a la propiedad,  pues Worldline al fin se ha visto forzada a instalar el desfibrilador debido a que la famosa ley ya es de obligado cumplimiento en la CM para todo tipo de empresas – ya no solo organismos públicos como pasaba hasta ahora – de más de 250 empleados.

Desfibrilador

¡A partir de ahora estaremos mucho más seguros!

 

En CCOO siempre vigilantes de tu Salud Laboral

Great Place to Work! volvemos a las mismas

Vuelve la encuesta Great Place To Work! vuelve el «nos importan las personas», vuelve el «yo quiero que nuestros empleados vengan felices a trabajar aquí», el » quiero que se sientan orgullosos de trabajar aquí».

Vuelve la encuesta a la empresa en la que se usa el teletrabajo como castigo en lugar de como medida de conciliación de la vida laboral y familiar, en la que hemos estado 11 años con el sueldo congelado, en la que hay «tanta igualdad» que hay gente, perdón, gente no, hombres ganando 100.000€/año frente a trabajadores que no llegan ni a 1000€ al mes, y que llevan 11 años sin subidas, llega a la empresa de las sobrecargas de trabajo, de la mala distribución del trabajo, a la empresa de los equipos mal dimensionados, a la empresa donde los roles están difuminados.

En la que la promoción interna es un chiste, donde se valora más el halago que el trabajo, y donde en algunos casos, sugerir cambios puede suponer el castigo.

Esta es la empresa donde llega la encuesta Great Place to Work, y es en este ambiente, donde se nos pide que digamos, «lo que pensamos», sin coacciones, sin presión, totalmente anónimo y totalmente voluntario. El año pasado ya demostraron que lo único que les importaba era el que la gente participase, daba igual lo que pusiéramos, eso a la empresa le daba igual, lo importante era participar.

No tiene sentido realizar esta encuesta cuando sabemos, por la experiencia de todos los años, que nuestras opiniones no son tomadas en consideración.

Para nuestra Sección Sindical no tiene sentido perder el tiempo en ésto, hasta que la empresa realmente se tome en serio los desastrosos resultados de todos los años y realmente demuestre lo que le importan las personas, no hasta que no haya una autentica política de igualdad y de conciliación, no mientras la mayoría de la plantilla continúe sin subidas salariales, no mientras se sigan pidiendo sobreesfuerzos a coste cero.

Cuando realmente la plantilla vea cambios y que se tienen en cuenta sus opiniones y sus quejas, entonces y solo entonces, tendrá sentido hacer encuestas de este tipo.

¡Su único interés es una alta participación!

GPTW

Negociación de las jornadas de los sábados en los Centros de Servicios

El pasado 30 de Mayo, a petición de CCOO, tuvimos una nueva reunión con la empresa. El objetivo por parte de CCOO es conseguir llegar a un acuerdo que satisfaga a todas las partes y que contemple unas compensaciones justas para la plantilla afectada.

Esta vez UGT Y CGT, manifestaron su intención de acudir a informarse/asesorarse con sus servicios jurídicos, nosotros ya lo hicimos hace meses pero ellos se dieron de plazo hasta septiembre. Nos alegra saberlo ya que hasta ahora era uno de los motivos que tenía bloqueada la negociación y esto tan solo perjudica a las personas que realizan este servicio. Tanto la dirección de la empresa como UGT y CGT, saben perfectamente que hay personas en los centros de servicios trabajando de forma ilegal por lo que les instamos a alcanzar un acuerdo con carácter de urgencia que regule esta situación.

Consideramos que ya ha pasado tiempo suficiente y que un acuerdo justo es la solución. No entenderíamos tener que volver a denunciar, de nuevo este asunto.

la historia interminable

Os mantendremos informados/as…

HORAS EXTRAS, ¿CONOCES TUS DERECHOS?

Es bastante común que haya dudas sobre las horas extraordinarias, ¿cuántas puedo hacer? ¿Cómo se compensan? ¿En qué plazo? Es importante conocer todo esto para evitar caer en fraudes o abusos por parte de las empresas y que se compensen adecuadamente.

Por ello queremos recordar a la plantilla de Worldline que según el Acuerdo Marco se considerarán horas extraordinarias las que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo en cómputo semanal.

  1. Regulación de las Horas extras según nuestro Acuerdo Marco:

2.- HORAS EXTRAORDINARIAS

1. Horas extraordinarias habituales. Supresión.

2. Horas extraordinarias personal en turno de noche. Prohibición.

c) Tendrán la consideración de horas extraordinarias las que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo en cómputo semanal.

d) Salvo acuerdo en contrario, las horas extraordinarias se compensarán preferentemente por tiempo de descanso, incrementado en un 75%. Dicha compensación mediante descanso se realizará dentro de los cuatro meses siguientes a la realización de las horas extraordinarias, pudiendo acumular horas hasta formar jornadas completas de descanso.

e) Cuando se opte por la retribución de las horas extraordinarias el valor será el de una hora Ordinaria incrementado en el 75%, de acuerdo a la siguiente fórmula:

Hora Extra = (Salario bruto anual / Número de Horas Anuales) * 1,75.

  1. Casos especiales:

Contratos a tiempo parcial:

Los contratos a tiempo parcial no pueden realizar horas extraordinarias, salvo para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes, (Articulo 12.4 apartado c y Articulo 35.3 del Estatuto de los trabajadores).

 

  1. Máximo anual de horas extraordinarias:

Según el Estatuto de los Trabajadores (Articulo 35):  “El número de horas extraordinarias no podrá ser superior a ochenta al año

Por tanto, si optas por la retribución económica de las horas extras, y si realizas más de ochenta horas al año, la empresa NO PUEDE PAGAR las horas extras que superen el máximo legal y si las pagan en otro concepto de nómina que no sea el de Horas Extras, ESTARIAN COMETIENDO UN FRAUDE A LA SEGURIDAD SOCIAL, al cotizar estas de forma distinta. Todas esas horas son horas que podrían cubrirse con nueva contratación.

Para más información consulta a tu delegado sindical de CCOO.

¡No más horas extras! ¡Fomenta la creación de empleo!